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Archivo del Autor: mikicegal14

Una pequeña mirada a nuestra cruda realidad…

Revisando documentos para obtener información sobre la entrada anterior, sobre los asientos reservados revisamos la ordenanza N° 104 del Reglamento del Servicio Público de Transporte Urbano e Interurbano de Pasajeros en Ómnibus y otras modalidades para la provincia de Lima que esta en vigencia desde el 28 de enero de 1997.

En esta ordenanza, específicamente en el Artículo 92 se hace una relación de Tabla de Infracciones y Sanciones.

Increíblemente en esta tabla de infracciones aparecen situaciones y actos que vemos TODOS LOS DÍAS, cada vez que hacemos uso de este servicio público.

Pongo a su disposición una copia idéntica de esta tabla en nuestro blog, para que puedan analizar, comentar y sacar conclusiones acerca de estos hechos, y ahora si, estar preparados para poder actuar o reclamar en base a este sustento legal.

Referencia a tomar: 1 UIT = 3600 soles (Año 2011)

Código

Infracción

Calificación

Sanción

Medidas Accesorias

Responsable

T-01

Prestar el servicio con conductores que no hayan obtenido la licencia de conducir o la tengan suspendida, vencida o cancelada o cuya categoría no corresponda al vehículo que conduce

Muy Grave

40% UIT

Internamiento del vehículo en el Depósito municipal

Concesionaria oPersona Jurídica

Autorizada

T-02

Prestar el servicio con conductores o cobradores bajo los efectos del alcohol y/o drogas

Muy Grave

40% UIT

Concesionaria oPersona Jurídica

Autorizada

T-03

Prestar el servicio con vehículo que no cuente con el certificado de póliza de seguro obligatorio vigente para pasajeros, terceros, conductor y/o cobrador

Muy Grave

40% UIT

Internamiento del vehículo en el Depósito municipal

Concesionaria oPersona Jurídica

Autorizada

T-04

Prestar el servicio empleando como cobradores a menores de edad que carezcan de la autorización otorgada por la Autoridad correspondiente de conformidad con lo establecido por el Art. 55 del Decreto Ley Nº 26102, Código del Niño y Adolescente.

Grave

20% UIT

Concesionaria oPersona Jurídica

Autorizada

T-05

No cumplir con la totalidad del recorrido autorizado (no llegar al paradero inicial y/o final) o modificar la ruta autorizada, salvo indicación expresa del efectivo de la Policía Nacional, asignado al control del tránsito o la Autoridad Administrativa.

Muy Grave

40% UIT

Internamiento del vehículo en el Depósito municipal

Concesionaria oPersona Jurídica

Autorizada

T-06

Prestar el servicio con vehículos que no cuenten con los precios de los pasajes (tarifarios) ubicados en la parte externa e interna del vehículo.

Leve

10% UIT

Concesionaria oPersona Jurídica

Autorizada

T-07

No recoger escolares, ancianos o personas discapacitadas teniendo capacidad en el vehículo.

Leve

Inhabilitación

Conductor

T-08

Aprovisionarse de combustible estando en servicio y con pasajeros.

Grave

20% UIT

Concesionaria oPersona Jurídica

Autorizada

T-09

Prestar el servicio con vehículos que no cuenten con el letrero luminoso exterior en el cual se indica el origen y destino de la ruta o utilizar letreros luminosos en la parte interna del vehículo y/o utilizar letreros removibles y/o autoadhesivos indicando elRecorrido

Leve

10% UIT

Concesionaria oPersona Jurídica

Autorizada

T-10

Utilizar la vía pública como zona de estacionamiento o paraderos no autorizados de las unidades vehiculares

Leve

10% UIT

Concesionaria oPersona Jurídica

Autorizada

T-11

Dejar o tomar pasajeros en el centro de la calzada o en lugares que atenten contra su integridad física.

Grave

Inhabilitación

Conductor

T-12

Permitir que los pasajeros y/o cobrador viajen colgados del vehículo o en el estribo o sobresaliendo alguna parte del cuerpo.

Grave

Inhabilitación

Conductor

T-13

Prestar el servicio sin expedir boleto o expidiendo boleto que no corresponda al tipo de Pasaje del usuario y/o cuyos datos no coincidan con los de la empresa.

Leve

10% UIT

Concesionaria oPersona Jurídica

Autorizada

T-14

Prestar el servicio a través de vehículo (s) que no cuente (n) con los instrumentos de seguridad y/o equipos correspondientes o que no se encuentren en óptimo estado de presentación y funcionamiento

Grave

20% UIT

Concesionaria oPersona Jurídica

Autorizada

T-15

No permitir la ejecución de las acciones de control y/o no acatar las disposiciones de la autoridad municipal o policial durante éstas

Grave

20% UIT

Concesionaria oPersona Jurídica

Autorizada

T-16

Permitir que los pasajeros lleven paquetes o bultos que impidan la libre circulación en el pasadizo de la unidad vehicular y/o incomoden a los usuarios del mismo

Leve

Inhabilitación

Conductor

T-17

Prestar el servicio con conductores que no hayan obtenido la credencial expedida por la Autoridad Administrativa de Transporte Urbano que acredite haber llevado el Curso de Educación Vial

Grave

20% UIT

Concesionaria oPersona Jurídica

Autorizada

T-18

Prestar el servicio de transporte público de pasajeros no teniendo Concesión o teniendo la concesión vencida o cancelada.

Muy Grave

40% UIT

Internamiento del vehículo en el Depósito municipal

Propietario

T-19

Prestar el servicio con vehículo (s) no autorizado (s) para la prestación del servicio o no portar la tarjeta de circulación original vigente durante la prestación del servicio.

Muy Grave

40% UIT

Internamiento del vehículo en el Depósito municipal

Concesionaria oPersona Jurídica

Autorizada

T-20

Prestar el servicio con vehículo que no cuente con los colores y/o logotipo característico de la concesionaria y/o el código de la ruta otorgada en concesión o Autorización

Leve

10% UIT

Concesionaria oPersona Jurídica

Autorizada

T-21

Prestar el servicio de transporte público de pasajeros teniendo suspendida la concesión o autorización

Muy Grave

40% UIT

Internamiento del vehículo en el Depósito municipal

Concesionaria oPersona Jurídica

Autorizada

T-22

Transportar artículos peligrosos, materiales inflamables, explosivos y en general toda mercancía peligrosa

Muy Grave

Inhabilitación

Conductor

T-23

Maltratar el conductor o cobrador verbal o físicamente a los pasajeros.

Muy Grave

Inhabilitación

Conductor

T-24

No seguir la ruta establecida o no utilizar los terminales o paraderos autorizados

Muy Grave

Inhabilitación

Conductor

T-25

Conducir el vehículo sin los instrumentos de seguridad y/o equipos correspondientes o que no se encuentren en óptimo estado de funcionamiento

Muy Grave

Inhabilitación

Conductor

T-26

Agredir de hecho al Inspector Municipal de Transporte, durante el desarrollo de sus funciones

Muy Grave

Inhabilitación

Conductor

T-27

No expedir boleto o expedir boleto que no corresponda al tipo de pasaje del usuario y/o cuyos datos no coincidan con los de la empresa

Leve

Inhabilitación

Conductor

T-28

No portar la credencial expedida por la autoridad administrativa de transporte urbano que acredita haber llevado el Curso de Educación Vial

Leve

Inhabilitación

Conductor

T-29

Prestar el servicio con conductores que se encuentren inhabilitados para prestar el servicio

Muy Grave

Internamiento del vehículo en el Depósito municipal

Concesionaria oPersona Jurídica

Autorizada

T-30

Conducir un vehículo autorizado, estando inhabilitado para prestar el servicio

Muy Grave

Inhabilitación

Conductor

T-31

Prestar el servicio sin contar con el Certificado de Revisión Técnica o teniéndolo se encuentre vencido

Grave

20% UIT

Internamiento del vehículo en el Depósito municipal

Concesionaria oPersona Jurídica

Autorizada(*)

T-32

Conducir un vehículo de transporte público por el carril izquierdo salvo para adelantar

Leve

10% UIT

Conductor(**)

(*) Infracción incluida por la Cuarta Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la
Ordenanza N° 506, publicada el 09-06-2003.
(**) Infracción incorporada por el Artículo 2 de la Ordenanza N° 753, publicada el 13 Marzo 2005

Fuente:http://www.sat.gob.pe/website/documentos/normas/papeletas/ORDENANZAN_260104.pdf

 
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Publicado por en septiembre 25, 2011 en Tránsito

 

El Asiento Reservado

Breve Introducción:

Los asientos reservados, son dirigidos para uso preferencial de:

  • Personas con Discapacidad
  • Mujeres Embarazadas y/o con niños en brazos
  • Ancianos

Es de carácter obligatorio la separación de estos asientos, ya que éstos están amparados bajo la LEY 27050, la Resolución Directoral Municipal 081-01 MML/DMTU y CONADIS (Consejo Nacional para la Integración de la persona con Discapacidad).

Breve reseñas de las Normas y Leyes:

La Ley 27050 :

Artículo 45.- Reservación de asientos preferenciales en los vehículos públicos.
El CONADIS coordinará con el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción y las Municipalidades a fin de que los vehículos de transporte público reserven asientos preferenciales cercanos y accesibles para el uso de personas con discapacidad”

(http://www.minedu.gob.pe/files/266_201109141525.pdf)

Como consecuencia de esta ley, es publicada la Resolución Directoral Municipal N° 081-01, que considera:

Que, el Artículo 45° de la Ley N°27050 – Ley General de la Persona con Discapacidad – dispone que el Consejo Nacional de Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), coordinará con las Municipalidades a fin de que los vehículos de transporte público reserven asientos preferenciales cercanos y accesibles para el uso de personas con discapacidad;

Que, asimismo el Artículo 46° de la Ley N° 27050 señala que las Municipalidades dispondrán la reserva de ubicaciones en cada parqueo público para vehículos conducidos o que transporten personas con discapacidad;

Que, por otro lado, la Ley N°27408 publicada el 24 de enero del 2001 dispone en su Artículo único que en los lugares de atención al público las mujeres embarazadas, las niñas, niños, las personas adultas mayores y con discapacidad, deberán ser atendidas y atendidos preferentemente disponiendo que los servicios de uso público, como es el Servicio de Transporte Público de Pasajeros, deberán implementar medidas para facilitar el uso y/o acceso adecuado para dichas personas…

(http://www.inclusion-ia.org/espa%F1ol/Norm/RDM081-01-MML-DMTU.htm)

Datos Importantes a destacar:

  • Numero de Asientos Reservados:
Tipo de Vehículo N° de Asientos Reservados
Ómnibus1 (Ómnibus) 2
Ómnibus2 (Microbús) 2
Ómnibus3 (Camioneta Rural) 1

(http://www.inclusion-ia.org/espa%F1ol/Norm/RDM081-01-MML-DMTU.htm)

  • Obligaciones (Ordenanza 260104):

CAPITULO IV
DE LAS OBLIGACIONES […]

SUBCAPITULO III

DE LOS PASAJEROS

Artículo 47.- Los pasajeros observarán las siguientes reglas de comportamiento: […]

j) Ceder el asiento a los minusválidos, ancianos o madres notoriamente gestantes”

¿A quien acudir?

Se tiene como institución veladora a la Gerencia de Transporte Urbano (ex Direccion Municipal de Trasporte Urbano DMTU), quienes han puesto a disposición los siguientes anuncios:

¿El carro no cumplió su ruta ? ¿Esta cansado del maltrato, la bulla, la mala educación?
¡LLÁMENOS! estamos para atenderlo, y recuerde tomar nota de la placa del vehiculo.
Central Gerencia de Transporte Urbano
Teléfono: 336-7777
Consultas: Anexo 1037

(http://www.gtu.munlima.gob.pe/consultas/fonoaccion.htm)

 
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Publicado por en septiembre 21, 2011 en Tránsito

 

Bienvenido a nuestro Proyecto!

El motivo de este blog es hacerle frente a los atropellos que se han vuelto comunes hoy en día. Este proyecto busca informar y hacer opinar a las personas sobre situaciones que se ven en la actualidad y no deberían suceder.

¿Ejemplos?

¿Cuántas veces hemos visto gente cruzando las carreteras  a escasos metros de un puente? ¿Cuántas veces hemos visto como hay chicos y chicas sentados en los asientos reservados del transporte publico teniendo a su costado a gente de la tercera edad que no tienen casi fuerza para sujetarse?

¡Basta ya! , es momento de tener un sitio donde se resuma de forma clara y especifica que hacer en estos casos, información sobre posibles sanciones y como denunciar estos actos.

En este Blog se citarán textualmente, leyes, la constitución, y se entrevistarán personas de este ámbito, (abogados, municipalidades, defensoría del pueblo, entre otros) donde recopilaremos toda la información posible para que estemos informados y sepamos actuar!.

Si tienen temas que proponer también podrán escribirnos y con gusto investigaremos para hacer de nuestra vida diaria cada día mejor.

Saludos

Equipo de Redacción

 
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Publicado por en septiembre 20, 2011 en Avisos de Administrador